El funcionamiento de la sociedad no sólo depende de un buen deseo de vivir en comunidad. Dentro de cada sociedad hay un contrato social, donde se debe explicitar el concepto de justicia para garantizar una forma de vida tolerante (Cf. Schoeck, 1973, p. 163). Sin embargo, este concepto sólo se alcanza allí donde las libertades individuales se dan junto a un orden social, donde las desigualdades no son muy grandes y en el que toda la población tiene la oportunidad de llevar una vida plena y satisfactoria (Cf. Giddens, 2000, p. 128).
La noción anterior de justicia es necesaria para hablar de Justicia Social y plantearla como: el equilibrio entre libertad e igualdad, derechos y deberes, de los individuos pertenecientes a una sociedad para garantizar su realización dentro de ésta.
A lo largo de la historia el concepto Justicia Social se ha ido haciendo universal, se ha expandido y posicionado en diversos ámbitos sociales. Pues, en la sociedad se ha ido asentando criterios y principios reguladores que asignan los derechos y deberes del individuo. Por ejemplo, Aristóteles entendía la justicia desde dos elementos básicos: el primero, como “práctica en las distribuciones de honores, o dinero, o cualquier cosa que se reparta entre los que forman parte de la comunidad política” (Giner & Lamo, 2006, p. 471). Y la segunda, como aquella que: “regula o corrige los modos de trato” (Giner & Lamo, 2006, pp. 471-472). Ambas acepciones aristotélicas sobre justicia sirven para identificar un problema de la distribución de la justicia en la sociedad, la Justicia Social.
La puesta en marcha de la justicia en la sociedad ha tenido muchas deficiencias en la historia:
- A finales del siglo XVIII, todavía se excluían una gran parte de la población en la aplicación de la justicia (Cf. Delgado de Cantú, 2006, p. 6). Esto comenzó a cambiar cuando el concepto de ciudadano comenzó a tomar fuerza y universalizarse en el siglo XIX. Sin olvidar los movimientos obreros, que bajo un mismo sentir, buscaron el ideal de igualdad. De ésta manera fue formando el subsuelo para la idea de justicia social (Cf. Giner & Lamo, 2006, p. 472).
- En el siglo XIX, la idea de Justicia Social se hizo más fuerte y fue abordada por muchos académicos. Uno de ellos fue Freud, quien le dio un nuevo sentido a la justicia, más como un sentimiento -gefühl- de Justicia Social; es decir renunciar a muchas cosas, para que también los otros tengan que renunciar a ellas o para que no puedan exigirlas. El gefühl de Justicia Social, tiene como raíz la conciencia social y el sentimiento del saber (Cf. Schoeck, 1973, p. 417). Ésta visión fue compartida por el profesor de filosofía política John Rawls quien, en su libro Teoría de la Justicia, propone que las decisiones más justas son aquellas que contribuyen a maximizar el bienestar general, la justicia debe ser la primera virtud de las instituciones sociales (Cf. Giner & Lamo, 2006, p. 474).
A lo largo de la historia, la Justicia Social se ha formado como un mosaico de complejos y particulares criterios para la toma de decisiones en la búsqueda de una sociedad ideal. El filósofo e investigador Charles Taylor destacó que la aplicación de ésta crea lazos vinculantes entre los miembros, e insta, a su vez, al cumplimiento de las reglas para una buena convivencia (Cf. Giner & Lamo, 2006, p. 474).
Por lo tanto, hay que entender la justicia social como la cooperación inteligente del pueblo en la creación de una comunidad unida orgánicamente, donde cada miembro tiene una oportunidad igual y efectiva para desarrollarse y aprender a vivir de la mejor manera (Cf. Fairchild, 1980, p. 165). Este unificador social se enmarca en principios morales y éticos de igualdad, esencia misma del sentido último de Justicia Social.
Finalmente, se puede deducir que la Justicia Social consiste en el equilibrio que una comunidad debe tener a la hora de promover espacios de realización, de manera legal, para garantizar a cada uno: ingreso mínimo, salud, educación, seguridad social y vivienda para su desarrollo pleno en igualdad de oportunidades.
Lista de referencia bibliográfica
Delgado de Cantú, G. (2006). El mundo moderno y contemporáneo II: Del siglo XX a los albores del siglo XXI. (5 ed.). México: PEARSON EDUCACIÓN.
Fairchild, H. (1980). Diccionario de sociología. México: Fondo de cultura económica.
Giddens, A. (2000). Sociología. Recuperado el día 05 de agosto de 2013, de : http://www.perio.unlp.edu.ar/catedras/system/files/anthony_giddens_-_sociologia.pdf
Giner, S. & Lamo, E. (2004). Diccionario de sociología. Madrid: Alianza.
Schoeck, H. (1973). Diccionario de sociología. Barcelona: HERDER.